miércoles, 17 de octubre de 2012

[COBAS] Publicaci=?ISO-8859-1?Q?=F3n_de_las_bases_generales_para_concursos_de_m=E9ritos?= de funcionarios



BASES CONCURSO DE MERITOS FUNCIONARIOS
 
Se ha publicado (15 de octubre de 2012) las bases generales de los concursos de méritos del personal funcionario de la Administración General, que se negoció en la pasada Mesa Sectorial de 30 de noviembre de 2011.
 
Puedes verlas en el siguiente enlace:
 
 
 
 
 
 
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jueves, 27 de septiembre de 2012

[COBAS] Nota informativa funcionarios

MESA SECTORIAL DE NEGOCIACIÓN PERSONAL FUNCIONARIO

25 DE SEPTIEMBRE DE 2012

 

Orden Del día:

 

1.- Modificación de la Relación de Puestos de Trabajo de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad para crear la estructura correspondiente a los Parques Nacionales dentro de la Viceconsejería de Medio Ambiente.

 

2.- Ruegos y Preguntas

 

Con carácter previo cobas Canarias recuerda que el Reglamento de la Mesa recoge que en el orden del día debe incluirse la aprobación si procede del acta anterior, hecho que ya sucedió en la anterior Mesa y que se reitera en esta. La D.G.F.P., pide disculpas justifica que la acumulación de trabajo ha impedido traerlas y que se traerán en la próxima convocatoria.

 

Punto 1.- Modificación de la Relación de Puestos de Trabajo de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad para crear la estructura correspondiente a los Parques Nacionales dentro de la Viceconsejería de Medio Ambiente.

 

El personal adscrito a Parques Nacionales se transfirió del Estado en enero de 2010, sin que hasta la fecha se haya reflejado en la RPT su estructura dentro de la CAC.

 

En la creación de los puestos se hicieron las siguientes alegaciones:

  • Puestos de LD. Se reiteró la disconformidad con este tipo de forma de provisión, para los jefes de servicio y Directores conservadores, tal y como indica la jurisprudencia, máxime cuando hablamos de puestos técnicos.
  • Procedencia indistinta: Se manifestó que la administración de procedencia debe ser la de CAC, la falta de personal, no puede ser la excusa para abrir puestos a otras administraciones ya que lo que debe hacer esta Administración es prever las necesidades de personal de los distintos Cuerpos y Escalas y especialidades, en su caso, que son necesarias para las tareas que se tienen encomendadas.
  • Especialidades: co.bas canarias manifestó que los puestos técnicos deben abrirse a todas las especialidades posibles acordes con las funciones del puesto. De esta manera habrán más profesionales a disposición de ocupar los puestos, más movilidad para los Cuerpos Facultativos.
  • Retribuciones de los puestos: Se alegó que aquellos puestos con iguales atribuciones que otros de la CAC se retribuyeran de igual manera, evitando los agravios. Así se discutió sobre las retribuciones de los Agentes de Medio Ambiente, entendiendo que además las funciones, tienen horarios singulares que deben recogerse retributivamente y además se les aumenta la jornada. Cobas solicita se le mantenga la que hasta ahora tenían y se modifique la misma cuando se mejore la retribución. Se solicitó se incluyeran las retribuciones correspondientes a la Atención al Público de los puestos de registro de Administrativo y auxiliar administrativo. Se solicitó se tuviera la misma consideración con todos los puestos de las distintas RPT, sobre las retribuciones que corresponden según las funciones, sin tener en cuenta el anexo del acuerdo de Gobierno de 2006, donde se limitan los complementos de destino y complementos específicos según los grupos y subgrupos, por debajo de la normativa (Decreto 48/98).
  • Méritos preferentes: cobas solicita que se especifiquen los méritos que deben ser valorados para el desempeño de ciertos puestos y evitar términos ambiguos tales como "experiencia en puesto similar" y se sustituya por tareas concretas como "experiencia en habilitación".

 

La DGFP, manifestó que consideraba justificada la LD, que la procedencia indistinta se debe la falta de personal con estas titulaciones en la CAC. Que en relación con las retribuciones, justifican que en el actual escenario presupuestario no pueden aumentar más las mismas y que no pueden adquirir un compromiso de hacerlo en el futuro porque es ilegal con la actual normativa. En relación a la atención al público, expone que no realizan más del 50% de tareas de atención al público. Cobas indicó que esos criterios se aplican al personal laboral y no al funcionario que los acuerdos alcanzados en 2002, se referían a puestos de registro, información…, y que fueran coherentes ya que al personal administrativo adscritos a Centros Educativos funcionarios no les retribuía la atención al Públicos y a los laborales si. En relación a los méritos preferentes la DGFP indicó que se estaba trabajando en la adecuación de los términos de los méritos preferentes y que se estudiaría la propuesta.

Puedes ver la documentación en http://cobascanarias.org/?page_id=178

 

2.- Ruegos y Preguntas

 

1.- Criterios de revocación de funcionarios interinos por acceso al servicio activo de funcionarios de carrera.

 

Cobas Canarias solicitó se informara de los criterios que se estaban aplicando, tras la propuesta de modificación de los mismos. La DGFP, indicó que seguía aplicando los aprobados por Resolución de 11 de julio de 2011. Que solo ha recibido propuesta de modificación de cobas Canarias, y que está dispuesta a traerlos nuevamente a Mesa para su debate. Cobas Canarias indicó que había detectado posibles irregularidades en el cese de funcionarios interinos y que remitiría por escrito las incidencias detectadas para, en su caso, se corrigieran.

 

2.- Retribuciones de los empleados públicos en IT: con la aprobación del Decreto Ley estatal los empleados públicos percibirán como máximo los 3 primeros días de baja el 50% de sus retribuciones, del 4º al 20º el 75% y del 21º al 90º el 100%, siempre y cuando la CAC complementara para llegar a estos porcentajes. Cobas Canarias pregunta si la administración confirmaba que llegaría a los máximos permitidos. La DGFP contesta que en ese momento no nos podía informar ya que al día siguiente había Mesa General y por deferencia a esta no daría la información. Hoy sabemos, según pública el Gobierno en su página web, que la opción establecida es la que mejores condiciones reconoce a los empleados públicos, dentro de los límites impuestos como máximos en el Decreto-Ley del Estado.

 

3.- Se solicita información sobre el compromiso de la convocatoria de concursos y modificación de RPT, y la DGFP informa que se va a realizar que actualmente algunas rpt están totalmente informadas y otras están aún siendo informadas por los Comités de Empresa, que mantiene el compromiso.

 

4.- Excedencia por interés particular: Se solicita que la CAC reduzca el período de permanencia mínima para solicitar esta excedencia, tal y como permite el Estatuto Básico del Empleado Público.

 

La DGFP además aseguró que mantiene el compromiso de mantener el empleo público.

 

Canarias a 27 de septiembre de 2012

 



 
 
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viernes, 21 de septiembre de 2012

[COBAS] Convocatoria modificaci=?ISO-8859-1?Q?=F3n_RPT_Consejer=EDa_Educaci=F3n=2C_?=Universidades y Sostenibilidad (Parques Nacionales)

COVOCATORIA MESA SECTORIAL DE NEGOCIACION DE PERSONAL FUNCIONARIO
 
Se nos ha convocado para el próximo día 25 de septiembre de 2012 a las 11:00 de la mañana con el siguiente Orden del día:
 
 
1.- Modificación de la Relación de Puestos de Trabajo de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad para crear la estructura correspondiente a los Parques Nacionales dentro de la Viceconsejería de Medio Ambiente.
 
2.- Ruegos y preguntas.
 
 
Puedes ver la documentación relacionada en el siguiente enlace:
http://cobascanarias.org/?page_id=178

Rogamos nos hagan llegar todas las cuestiones que consideren oportunas para llevar a dicha convocatoria.
 
 
 
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lunes, 13 de agosto de 2012

[COBAS] Informaci=?ISO-8859-1?Q?=F3n_?=Funcionarios

co.bas INFORMA

 

MESA SECTORIAL DE NEGOCIACIÓN DE PERSONAL FUNCIONARIO

JUEVES 9 DE AGOSTO DE 2012

 

  1. Designación de funcionarios para el Consejo de Dirección del I.C.I.A.

 

El Reglamento del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias, (Decreto 77/2012), regula en su artículo 6.3 que la designación de los 2 vocales de personal funcionario, uno de ellos investigador.

 

El Director Científico del ICIA, propone a la Mesa que se delegue en el Organismo para celebrar elecciones para la elección de estos representantes. Se apoya la propuesta siempre se realicen, para los dos colectivos que deben elegir a sus representantes, sistemas homogéneos en la elección de representante, elevándose a la MSNPF, los resultados para su ratificación.

 

  1. Pase de funcionarios interinos a puestos base.

 

El pasado 4 de junio de 2012, a petición de las Organizaciones Sindicales, se convocaba la MSNPF para tratar los criterios unilaterales que aplica la Dirección General de la Función Pública en el cese de funcionario interino, cuando se incorpora un funcionario de carrera al servicio activo, en aplicación del artículo 46.2 de la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Canarias para el 2012. La aplicación de estos criterios, hacía que se cesaran a compañeros con más de 20 años de antigüedad. Había que recordar también, que no se ha realizado consolidación de empleo. co.bas Canarias proponía criterios de antigüedad, entendiendo que eran los menos injustos dentro de las circunstancias lamentables que suponía el hecho de cesar a compañeros por mandato de una Ley de presupuestos injusta e incoherente.

 

En la Mesa del 9 de agosto de 2012, se presenta un documento (el mismo día), como propuesta de Acuerdo de Gobierno de Canarias, donde se expone que para racionalizar el gasto de personal en la Administración General de la CAC, se propone autorizar a la DGFP, para que adscriba a todos los funcionarios interinos del ámbito de la administración General a puestos con retribuciones base, preferentemente dentro del mismo centro directivo y/o Consejería.

 

Se exceptuaban algunos funcionarios interinos destinados a centros educativos, equipos de orientación educativa y Psicopedagógica, centros base, módulos insulares, centros de día, escuelas infantiles, equipos técnicos de seguimiento de medidas de amparo y de ejecución de medidas judiciales impuestas a menores, escuelas de capacitación agraria, Institutos marítimos pesqueros, oficinas del servicio canario de empleo, órganos judiciales y fiscales, y centros sanitarios.

 

Se nos explica que son objeto de esta aplicación 45 funcionarios interinos y que la DGFP remitirá a cada Centro Directivo o Departamento a quiénes les afecta y el anexo de puestos vacantes, a los que se podrán adscribir. Si no hubiera vacantes (dotados o no dotados), en el Departamento, se adscribirán a los puestos que con carácter perentorio y en base a la racionalización de las necesidades que existan en los distintos departamentos sea necesaria la incorporación. Siempre se respetará la isla.

 

Desde co.bas Canarias se plantea que como en otras ocasiones se ha expuesto, el hecho de la DGFP no convoque en tiempo y forma y resuelva los procedimientos de provisión de puestos como recoge la Ley, ocasiona, entre otras, la situación que es objeto de esta Mesa. Es URGENTE, que se convoquen y resuelvan los concursos de traslado de todos los Cuerpos y Escalas de la CAC. 

 

Por otro lado, co.bas Canarias entiende que no puede haber un funcionario interino que ocupe un puesto con mayor retribución que un funcionario de carrera y que no puede haber excepciones, por lo que debe articularse un sistema que no permita que esto suceda, no solo para la situación actual, sino para la futura. Es evidente que los funcionarios interinos no son responsables de esta situación, que es una medida injusta, pero es más injusto que un funcionario de carrera esté en puestos retributivamente más bajos. El hecho de que la DGFP no haya realizado procedimientos de consolidación de empleo que permita que el funcionario interino pueda acceder a ser funcionario de carrera, genera una situación compleja y de incertidumbre para este colectivo.(procedimiento suspendido actualmente).

 

  1. Ruegos y preguntas
 
    1. Se nos informa de que en el ámbito de la Administración General el descuento retributivo aprobado por el Gobierno Central se aplicará de una solo vez suprimiendo íntegramente la paga extra de navidad.
    2. Co.bas pregunta por la modificación de las RPTs, se nos contesta que empezarán a negociarse en septiembre. Solicitamos se inicie con una sesión dedicada a los criterios generales que deben regir estas modificaciones, y solicitamos información sobre los acuerdos de gobierno que se hayan adoptado en relación a las RPT. Se nos informa que la DGFP tiene unos criterios generales, de los que nos informará y explicará, y que se prevé que en septiembre empiece la negociación de las mismas.
    3. Co.bas pregunta porqué no se ha introducido en la web del gobierno de canarias los movimientos de las listas de empleo de todos los Cuerpos y Escalas para mayor transparencia de las mismas, ya que la DGFP se había comprometido a realizarlo. Se nos informa de que se hará en breve.
    4. Se solicita información sobre la convocatoria para crear las listas de empleo de los profesores de los institutos marítimos pesqueros. Se nos informa de que se convocará a finales de septiembre principios de octubre.
    5. Se pregunta por los concursos de méritos, en noviembre de 2011, se informó que se convocarían para 2012, y preguntamos si realmente la DGFP, tiene el propósito firme de convocarlos, y se solicita adquiera este compromiso como algo prioritario e imprescindible, además de ser un mandato legal (Por ley y por sentencias), que debe cumplir. Se nos informa de que existe ese compromiso y de que se va a cumplir.

 

Canarias a 13 de agosto de 2012

 

 

 


 
 
 
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martes, 7 de agosto de 2012

[COBAS] Referendum sobre las pol=?ISO-8859-1?Q?=EDticas_?=del Gobierno

 

co.bas-Canarias

INFORMA

Ante la propuesta presentada a la Plataforma Sindical de Canarias por los sindicatos CCOO y UGT, de

celebrar en este otoño un referéndum sobre las políticas de ajustes y recortes llevadas a cabo por el

gobierno de Rajoy, desde

co.bas-Canarias queremos hacer públicas las siguientes consideraciones:

·

Desde hace muchos años no se producían unas movilizaciones sindicales y sociales en la sociedad

española y canaria como las que están teniendo lugar de estos momentos. El altísimo número de

personas que han acudido a las convocatorias, la huelga de más de dos meses de los mineros, las

protestas, encierros y concentraciones evidencian un grado de concienciación y compromiso cada

vez más elevado entre la gente. Nunca como hasta ahora se ha manifestado de manera más clara

el firme rechazo de este sistema y de las políticas de empobrecimiento lanzadas por los gobiernos

del PSOE antes y continuadas ahora por el del PP.

·

Dado este nivel de conciencia y lucha entre los empleados públicos y privados, jóvenes, parados,

pensionistas y ciudadanía en general, las condiciones están maduras para convocar una HUELGA

GENERAL SOCIAL Y CIUDADANA que pida el derrocamiento de un gobierno ilegitimado por sus

propias políticas: por mentir y engañar a la ciudadanía, por renunciar a la soberanía del Estado,

entregando sus riquezas y recursos a la especulación y los dictados financieros de la Europa del

Capital, por no hacer aquello lo que había prometido al electorado, por cargar el peso de la crisis

sobre las espaldas de los más débiles, por incapaz...

·

Los llamados sindicatos mayoritarios (CC.OO y UGT) no quieren convocar una Huelga General y no

entendemos las razones. A cambio proponen la realización de

¡un referéndum que sancione o no

esas políticas!

, con un calendario que iría desde el 15 de septiembre, fecha de solicitud, al 15 de

octubre, como fecha previsible de celebración. Con toda probabilidad, este periodo coincidirá con el

debate y aprobación en el Congreso de los Presupuestos Generales del Estado para 2013. Al

parecer, no les vale el clamor de los manifestantes del día 19 de julio a favor de la Huelga General.

Qué mejor referéndum que las manifestaciones de cientos de miles de personas en la calles

rechazando la política del gobierno

. Los manifestantes del 19 de julio, los mineros, los empleados

públicos, los jóvenes, el Movimiento 15M, los pensionistas, el movimiento vecinal, los autónomos,

los pequeños comerciantes... ya han votado en contra del Sr. Rajoy y sus mentiras. Retrasar las

movilizaciones con la excusa del referéndum sólo servirá para oxigenar a un gobierno aislado y

deslegitimado.

·

Y desde co.bas-Canarias nos preguntamos: ¿si el gobierno rechazara celebrar el referéndum y los

sindicatos convocantes lo hicieran por su cuenta, qué validez tendría? Obviamente, no sería

vinculante para nadie y, además, serviría de escusa para que desde el poder fuera tachado de

dudosa calidad democrática.

·

Si por el contrario, el gobierno asumiera la convocatoria del referéndum, los medios de

comunicación públicos y privados a su servicio se lanzarían a una campaña del miedo que pondría

en peligro la respuesta que buscan los convocantes y, con toda probabilidad, ganarían ese

referéndum (recordemos los casos de Irlanda, Grecia...), con lo que tendríamos un gobierno del PP

con mayoría absoluta, refrendado, envalentonado y, por tanto, con "autoridad" para seguir tomando

medidas como las ya adoptadas.

·

Por eso desde co.bas-Canarias entendemos inútil la propuesta de CC.OO. y UGT de llevar a cabo

ese referéndum. No comprendemos cómo y por qué se convoca. Parece más una medida para

frenar y retrasar las movilizaciones contra el gobierno (dándole un balón de oxígeno) que para

conseguir que la política en España cambie de rumbo.

·

Por el contrario, consideramos que deberíamos volcar todas las energías en la preparación de una

Huelga General Social y Ciudadana antes del debate y aprobación de la Ley de Presupuestos

para el año 2013

que ya califican de demoledora contra los intereses de los más débiles

(pensionistas, parados y la inmensa mayoría de la ciudadanía), como se deduce de los avisos del

propio Fondo Monetario Internacional (FMI). Desde el movimiento sindical alternativo y responsable

debemos apoyar las luchas que conduzcan a tumbar a este gobierno e incentivar nuevas políticas

que consideren a las personas el centro de sus reivindicaciones. Repetimos: las condiciones, el

nivel de conciencia y de lucha del pueblo, están dadas. Sólo hay que convocarla.

·

Abogamos, por tanto, por la convocatoria de esa Huelga General Social y Ciudadana a celebrar a

finales de septiembre o principios de octubre, como medida de presión que provoque la caída de

este gobierno y, no sólo como forma de impedir unos nuevos Presupuestos Generales del Estado

antisociales, plagados de más recortes y nuevas injusticias que traerán más miseria y sufrimiento de

la gente, sino también que suponga un cambio de rumbo hacia la recuperación y consolidación de

una

Democracia Real. Una Huelga convocada por todas y todos: los movimientos sociales, las

personas con dependencia, los marginados, los pobres, los desempleados, los trabajadores, las

mujeres, los empleados públicos, los autónomos, los comerciantes y las pequeñas y medianas

empresas. Una huelga en defensa de los servicios públicos y sociales, la sanidad y la educación.

Una huelga contra los recortes y las políticas que desmantelan el Estado de Bienestar. Una huelga

por nosotros y el futuro nuestros hijos.

Para empezar a ganar el futuro: HUELGA GENERAL SOCIAL Y CIUDADANA ¡YA!

Canarias, 1 de agosto de 2012

"LAS LUCHAS QUE SE PIERDEN SON LAS QUE SE ABANDONAN"

Ver comunicado de prensa:
 


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martes, 24 de julio de 2012

[COBAS] Aplicaci=?ISO-8859-1?Q?=F3n_?=Real Decreto Ley 20/2012 a la CAC

COBAS CANARIAS INFORMA:

 

El pasado viernes la Dirección General de la Función Pública convocó una reunión informativa a celebrar con los representantes de las Organizaciones Sindicales del ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma con el objeto de informar sobre la aplicación de las medidas en materia de recursos humanos contenidas en el Título I del Real Decreto-Ley 20/2012 de 13 de julio de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, en el ámbito de la CAC.

 

La Dirección General de la Función Pública calificó estos recortes de injustos ya que suponían un mayor esfuerzo económico a los empleados públicos con menos ingresos. Así mismo manifestaban que para el año 2013 tendrían que reducir en un 0.4% adicional el déficit lo que aún no estaba cuantificado, pero que se preveía ajustes mayores y duros para el próximo año.

Manifestaba el compromiso de mantener el empleo público, pero no lo garantizaba, sin especificar donde se recortarían los presupuestos para el siguiente ejercicio económico.

Las organizaciones sindicales le recordaron que hasta hace 2 días eran igual de injustas las medidas que pretendían aplicar desde el Gobierno de Canarias a los empleados públicos de la Comunidad Autónoma Canaria.

 

En relación a la aplicación de las medidas del Decreto Ley 20/2012 se informó de lo siguiente:

 

RETRIBUCIONES

 

El Consejo de Gobierno aprobó el viernes que en el ámbito de la Administración General se prorratearía los complementos de la paga extra a partir de agosto, con lo que de la paga extra de navidad se eliminaría el sueldo base y trienios para el ámbito funcionarial y laboral. El personal Estatutario se eliminaría la totalidad de la paga extra.

 

Se ajustará la retención del IRPF a partir de julio de 2012, en función de los ingresos de 2012 con la merma económica.

 

Los altos Cargos y miembros del Gobierno se aplicarán una reducción de sus salarios equivalente al máximo que se aplique a los empleados públicos. Medida adoptada por el Gobierno de Canarias.

 

Ver nota informativa Dirección General de la Función Pública:

http://cobascanarias.org/wp-content/uploads/2012/07/Nota23julio2012.pdf

 

MODIFICACIONES ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO

 

Artículo 32.  Se modifica este artículo para no garantizar el cumplimiento de los convenios colectivos "por causas graves de interés general".

 

Artículo 48. Se modifica este artículo tipificando los permisos y licencias que pueden tener los funcionarios, quedando:

 

«Artículo 48. Permisos de los funcionarios públicos.

Los funcionarios públicos tendrán los siguientes permisos:

a) Por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar dentro del primer grado de consanguinidad o afinidad, tres días hábiles cuando el suceso se produzca en la misma localidad, y cinco días hábiles cuando sea en distinta localidad.

Cuando se trate del fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad, el permiso será de dos días hábiles cuando se produzca en la misma localidad y de cuatro días hábiles cuando sea en distinta localidad.

b) Por traslado de domicilio sin cambio de residencia, un día.

c) Para realizar funciones sindicales o de representación del personal, en los términos que se determine.

d) Para concurrir a exámenes finales y demás pruebas definitivas de aptitud, durante los días de su celebración.

e) Para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto por las funcionarias embarazadas.

f) Por lactancia de un hijo menor de doce meses tendrá derecho a una hora de ausencia del trabajo que podrá dividir en dos fracciones. Este derecho podrá sustituirse por una reducción de la jornada normal en media hora al inicio y al final de la jornada o, en una hora al inicio o al final de la jornada, con la misma finalidad. Este derecho podrá ser ejercido indistintamente por uno u otro de los progenitores, en el caso de que ambos trabajen.

Igualmente la funcionaria podrá solicitar la sustitución del tiempo de lactancia por un permiso retribuido que acumule en jornadas completas el tiempo correspondiente.

Este permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto múltiple.

g) Por nacimiento de hijos prematuros o que por cualquier otra causa deban permanecer hospitalizados a continuación del parto, la funcionaria o el funcionario tendrá derecho a ausentarse del trabajo durante un máximo de dos horas diarias percibiendo las retribuciones íntegras.

Asimismo, tendrán derecho a reducir su jornada de trabajo hasta un máximo de dos horas, con la disminución proporcional de sus retribuciones.

h) Por razones de guarda legal, cuando el funcionario tenga el cuidado directo de algún menor de doce años, de persona mayor que requiera especial dedicación, o de una persona con discapacidad que no desempeñe actividad retribuida, tendrá derecho a la reducción de su jornada de trabajo, con la disminución de sus retribuciones que corresponda.

Tendrá el mismo derecho el funcionario que precise encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo y que no desempeñe actividad retribuida.

i) Por ser preciso atender el cuidado de un familiar de primer grado, el funcionario tendrá derecho a solicitar una reducción de hasta el cincuenta por ciento de la jornada laboral, con carácter retribuido, por razones de enfermedad muy grave y por el plazo máximo de un mes.

Si hubiera más de un titular de este derecho por el mismo hecho causante, el tiempo de disfrute de esta reducción se podrá prorratear entre los mismos, respetando en todo caso, el plazo máximo de un mes.

j) Por tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal y por deberes relacionados con la conciliación de la vida familiar y laboral.

k) Por asuntos particulares, tres días.

l) Por matrimonio, quince días.»

 

Se puede apreciar que no se recoge el traslado con cambio de residencia.

 

Artículo 50. En relación a las vacaciones, queda redactado:

«Artículo 50. Vacaciones de los funcionarios públicos.

Los funcionarios públicos tendrán derecho a disfrutar, durante cada año natural, de unas vacaciones retribuidas de veintidós días hábiles, o de los días que correspondan proporcionalmente si el tiempo de servicio durante el año fue menor.

A los efectos de lo previsto en el presente artículo, no se considerarán como días hábiles los sábados, sin perjuicio de las adaptaciones que se establezcan para los horarios especiales.»

 

Se añade la coletilla:

 

Tres. Desde la entrada en vigor de este Real Decreto-ley, quedan suspendidos y sin efecto los Acuerdos, Pactos y Convenios para el personal funcionario y laboral, suscritos por las Administraciones Públicas y sus Organismos y Entidades, vinculados o dependientes de las mismas que no se ajusten a lo previsto en este artículo, en particular, en lo relativo al permiso por asuntos particulares, vacaciones y días adicionales a los de libre disposición o de similar naturaleza.

Artículos que serán de aplicación en el 2013.

 

 

Se solicita aclaración a este último párrafo, y se pregunta si el Gobierno de Canarias ha planteado alguna compensación a los empleados públicos, sobre la aplicación de estas medidas sobre todo en lo referente a la aplicación de "similar naturaleza", contestando la Dirección General de la Función Pública que estaban estudiando su alcance.

 

EMPLEADOS PÚBLICOS EN SITUACIÓN DE I.T.

 

Artículo 9. Prestación económica en la situación de incapacidad temporal del personal al servicio de las Administraciones Públicas, organismo y entidades dependientes y órganos constitucionales.

1. La prestación económica de la situación de incapacidad temporal del personal al servicio de las Administraciones Públicas y órganos constitucionales se regirá por lo dispuesto en este artículo.

2. Cada Administración Pública, en el ámbito de sus respectivas competencias, podrá complementar las prestaciones que perciba el personal funcionario incluido en el Régimen General de Seguridad Social y el personal laboral a su servicio en las situaciones de incapacidad temporal, de acuerdo con los siguientes límites:

1.º Cuando la situación de incapacidad temporal derive de contingencias comunes, durante los tres primeros días, se podrá reconocer un complemento retributivo hasta alcanzar como máximo el cincuenta por ciento de las retribuciones que se vengan percibiendo en el mes anterior al de causarse la incapacidad. Desde el día cuarto hasta el vigésimo, ambos inclusive, el complemento que se pueda sumar a la prestación económica reconocida por la Seguridad Social deberá ser tal que, en ningún caso, sumadas ambas cantidades, se supere el setenta y cinco por ciento de las retribuciones que vinieran correspondiendo a dicho personal en el mes anterior al de causarse la incapacidad . A partir del día vigésimo primero y hasta el nonagésimo, ambos inclusive, podrá reconocerse la totalidad de las retribuciones básicas, de la prestación por hijo a cargo, en su caso, y de las retribuciones complementarias.

 

2.º Cuando la situación de incapacidad temporal derive de contingencias profesionales, la prestación reconocida por la Seguridad Social podrá ser complementada, desde el primer día, hasta alcanzar como máximo el cien por cien de las retribuciones que vinieran correspondiendo a dicho personal en el mes anterior al de causarse la incapacidad.

 

5. Cada Administración Pública podrá determinar, respecto a su personal, los supuestos en que con carácter excepcional y debidamente justificados se pueda establecer un complemento hasta alcanzar, como máximo, el cien por cien de las retribuciones que vinieran disfrutando en cada momento. A estos efectos, se considerarán en todo caso debidamente justificados los supuestos de hospitalización e intervención quirúrgica.

 

6. Las referencias a días incluidas en el presente artículo se entenderán realizadas a días naturales.

7. Asimismo, se suspenden los Acuerdos, Pactos y Convenios vigentes que contradigan lo dispuesto en este artículo.

 

La Dirección General de la Función Pública informa de que la CAC llegará a los máximos permitidos por esta normativa básica.

 

REDUCCIÓN DE CRÉDITOS Y PERMISOS SINDICALES

 

A partir del 1 de octubre de 2012 se dejarán sin efecto acuerdos y pactos relativos a tiempo retribuido para realizar funciones sindicales y de representación, nombramiento de delegados sindicales, así como los relativos a dispensas totales de asistencia al trabajo y demás derechos sindicales, se ajustarán de forma estricta a lo establecido en las normas al respecto. Esto supone una reducción de tiempo para funciones sindicales en el ámbito del personal laboral.

JUBILACIÓN FORZOSA DEL PERSONAL FUNCIONARIO INCLUIDO EN EL RÉGIMEN GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL.

La edad de la jubilación forzosa del personal funcionario incluido en el régimen general de seguridad social será, en todo caso, la que prevean las normas reguladoras del régimen de la Seguridad Social.

 

DEROGACIÓN DE LA JUBILACIÓN PARCIAL

 

Se deroga la jubilación parcial aplicable a los empleados públicos.

 

Para el contenido del Decreto Ley 20/2012 pincha en:

http://www.boe.es/boe/dias/2012/07/14/pdfs/BOE-A-2012-9364.pdf

 

Se solicita información sobre la actuación del Gobierno de Canarias contra el Estado frente a las competencias de la CAC que invade, contestando el Director General de la Función Pública que se ha solicitado informe jurídico al respecto para decidir la actuaciones que podría realizar el Gobierno de Canarias. Se solicita se tomen actuaciones contra la actuación del Estado.

 

Los sindicatos aclaran que estos recortes son doblemente graves porque a la pérdida de derechos hay que unir la pérdida económica que estos derechos suponen más la disminución retributiva, recordando que los derechos que ahora se suprimen se crearon en su día por compensación de la pérdida de poder adquisitivo. Todo esto supone un varapalo enorme para la economía de las familias de los empleados públicos, que incidirá negativamente en la economía de Canarias.

 

Los sindicatos presentes manifestamos nuestro indignación por las actuaciones que han realizado desde el Parlamento, como órgano máximo de representación de todos los ciudadanos de Canarias, entendiendo que no están a la altura de la circunstancias, aprobando dietas por videoconferencias…, entendiendo que deben ser los primeros en adoptar medidas de austeridad y dar ejemplo a todos los ciudadanos, así como extenderlo al Gobierno y altos cargos donde consideramos no se han hecho esfuerzos por reducir los gastos de representación, dietas (desplazamientos diarios de islas de altos cargos…), etc.

 

 

Se informó que se espera que a partir de septiembre se negocien las modificaciones de las RPT.

 

Canarias a 23 de julio de 2012




 
 
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